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Erik Juárez propone Revocación de Mandato como mecanismo de participación ciudadana

Para incluir la Revocación de Mandato como mecanismo de participación ciudadana y que esta sea una opción más para mejorar la representación, e incrementar la participación y mantener los contrapesos en los sistemas políticos, el diputado Erik Juárez Blanquet presentará una iniciativa de reforma a la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana del Estado de Michoacán.

Dicha iniciativa, resaltó que es para garantizar que se incluya el procedimiento en el marco normativo, ya que si bien el presentó una reforma a la Constitución Política del Estado a fin de establecer la figura de Revocación de Mandato, es necesaria también una a la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana a fin de garantizar que en el caso de avalarse, sea efectiva.

“Con la inclusión de este mecanismo de participación ciudadana se pretende que los representantes de elección popular, sean responsables ante el electorado, ya que dicho mecanismo viene hacer un adecuado mecanismo de rendición de cuentas,  así como un complemento de los procesos de decisión democrática representativa”, sostuvo el legislador.

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales en el Congreso del Estado, explicó que con los mecanismos de participación ciudadana en las normas jurídicas, se reconoce en el individuo el derecho a ser parte de su destino, para contrarrestar la visión o tendencia del hombre masa, carente de identidad y de capacidad de autogobernarse.

Erik Juárez remarcó que la finalidad es otorgar a los ciudadanos la capacidad de hacer; para poder realizar y así sentirse en control de sus situaciones.

Actualmente los estados de Sinaloa; Zacatecas; Guerrero; Jalisco y Aguascalientes y la Ciudad de México tienen establecida la figura de revocación de mandato en su legislación y en las entidades de Chihuahua y Yucatán, tal figura fue objeto de anulación mediante acción de inconstitucionalidad.

“El Estado debe rendir cuentas a la sociedad civil, el hecho de otorgar mecanismos de participación ciudadana abre una puerta a la participación efectiva que permita cambios en la lógica ideológica contemporánea”.

Con la incorporación de la reelección al texto constitucional, añadió, es necesario hoy en día que la permanencia en los cargos de elección popular dependa también de la manifestación de la voluntad popular, expresada en las urnas y de la evaluación del desempeño que realicen los gobernantes, en donde la población será quien avalué y decida.

Cabe señalar que de avalarse en comisiones y posteriormente por el Pleno tanto esta reforma y también las presentadas a la Constitución sobre el tema, se establecería que la consulta para la revocación del mandato, solo procederá cuando haya transcurrido al menos la mitad de la duración del cargo de representación popular de que se trate, y será organizada por el Instituto Electoral del Estado de Michoacán, en los términos precisados por la ley de la materia.

Erik Juárez recordó que en su iniciativa se establece que los resultados de la revocación serán obligatorios siempre que participe al menos el 30 por ciento de las personas inscritas en el listado nominal de electores del ámbito respectivo, y que de estas el 55 por ciento se manifieste a favor de la revocación de mandato.

De ser procedente la revocación de mandato, se apegará a lo que establece la ley para la sustitución de autoridades electas por sufragio universal; esta figura no dará lugar a compensación, indemnización, pago de emolumento alguno a favor del representante popular sujeto a este procedimiento.

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